La EPA propone requisites actualizados
a la reglamentacion que regula los planes estatales para fuentes existentes

Hoja informativa

Description general de la action

•	El 14 de diciembre de 2022, la Agencia de Proteccion del Medio Ambiente de los Estados
Unidos (EPA) propuso actualizaciones a las reglamentaciones de la Agencia que rigen los
plazos y otros requisitos de los planes estatales con el proposito de limitar la contaminacion
procedente de fuentes existentes conforme a lo dispuesto en el artfculo 111(d) de la Ley de
Aire Limpio.

•	Las reglamentaciones, conocidas como "Reglamento de Ejecucion", se aplican a los estados
que deben presentar planes para las fuentes cubiertas por las Directrices sobre Emisiones
especfficas. Las Directrices sobre Emisiones no imponen requisitos directamente sobre las
fuentes. En cambio, establecen los procedimientos que los estados deben seguir para
elaborar planes que determinen, implementen y hagan cumplir los estandares de
rendimiento de las "instalaciones designadas", el termino que la EPA utiliza para designar a
las fuentes existentes.

•	Las actualizaciones propuestas tambien se aplicarfan a las naciones tribales elegibles que
decidan elaborar sus propios planes. Las tribus elegibles tienen la oportunidad, pero no la
obligacion, de elaborar planes que establezcan estandares para las fuentes existentes en
sus jurisdicciones.

•	El proposito de las actualizaciones propuestas al Reglamento de Ejecucion serfa:

o Modificar los requisitos relacionados con los plazos de los planes estatales, incluido el
tiempo permitido para la presentacion de los planes por parte de los estados y su
analisis por parte de la EPA, para que los estados determinen los "incrementos de
avance" y para que la EPA expida un plan federal si un estado no presenta un plan que
pueda aprobar.

o Agregar mecanismos para mayor flexibilidad y eficacia en la presentacion, revision,
aprobacion y aplicacion del plan estatal, asf como tambien la tramitacion analoga y la
aprobacion y desaprobacion parcial.

o Orientar a los estados de modo claro sobre cuando pueden aplicar un estandar menos
estricto a una instalacion o clase de instalaciones.

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o Exigir a los estados y a la EPA que lleven a cabo acciones de participation significativa
como parte del desarrollo del plan estatal y federal, incluyendo tanto a las
comunidades como a las naciones tribales mas afectadas y vulnerables a los impactos
de los planes.

o Exigir a los estados que presenten los planes por via electronica.

•	La propuesta tambien modificarfa la definicion de estandar de rendimiento y aclararfa las
flexibilidades de cumplimiento que la EPA podrfa aprobar en un plan estatal.

•	Las actualizaciones propuestas al Reglamento de Ejecucion se aplicarfan a los planes
estatales desarrollados para las Directrices sobre Emisiones publicadas despues del 8 de
julio de 2019. Las actualizaciones propuestas se aplicarfan a todos los planes estatales, a
menos que las Directrices sobre Emisiones especfficas incluyan requisitos diferentes. En
esos casos, los requisitos de las Directrices sobre Emisiones prevalecerfan sobre los
requisitos del Reglamento de Ejecucion.

•	La EPA aceptara comentarios publicos sobre las actualizaciones propuestas hasta el 27 de
febrero de 2023. La Agencia tambien celebrara una audiencia publica virtual.

Resumen de los requisitos propuestos sobre los plazos para los planes estatales

Presentation y revision del plan estatal

•	La EPA propone actualizar varios requisitos relacionados con los plazos en respuesta a una
decision judicial de enero de 2021 que anulo varias disposiciones del Reglamento de
Ejecucion que la Agencia expidio en 2019.

•	El objetivo de la actualizacion de los plazos es otorgar suficiente tiempo tanto a los estados
para que elaboren y presenten sus planes como a la EPA para que los revise y actue en
consecuencia, y expida un plan federal, si fuera necesario. Todo esto se Neva a cabo
mientras se garantiza la implementacion de las Directrices sobre Emisiones con la mayor
celeridad posible a fin de reducir las emisiones nocivas para la salud.

•	A los efectos de establecer el calendario de presentacion de los planes estatales en la
propuesta, la EPA reviso los pasos que los estados deben seguir para elaborar, adoptar y
presentar un plan ante la Agencia, asf como el historial de los estados en relacion con la
implementacion de las directrices sobre emisiones anteriores. La Agencia tambien reviso los
plazos legales, los procesos y el contenido de los planes presentados para satisfacer los
requisitos comparables de la Ley de Aire Limpio, incluidos los planes de cumplimiento de los
Estandares Nacionales de Calidad del Aire Ambiental (NAAQS) de 2012 para material
particulado fino y los planes presentados para la implementacion de las normas de
incineracion de residuos solidos.

•	La EPA propone los siguientes plazos para que los estados presenten los planes y su revision
por parte de la Agencia:

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o Los estados dispondrfan de 15 meses a partir de la publicacion de las directrices
definitivas sobre emisiones en el Registro Federal para presentar un plan estatal, a
menos que la EPA sustituya este plazo en una directriz concreta sobre emisiones.

•	El proposito de este plazo es que los estados cuenten con el tiempo necesario —en
el caso de un plan estatal tfpico— para llevar a cabo acciones de participacion
significativa con las partes interesadas, adoptar un plan y las reglamentaciones
relacionadas (incluido el plazo para cumplir con los requisitos del proceso
administrativo estatal) y presentar el plan ante la EPA.

•	Nota: La propuesta complementaria de la EPA para reducir el metano procedente
de las operaciones de petroleo y gas natural otorgaria a los estados 18 meses para
presentar planes que limiten el metano de las fuentes existentes, debido al tamano
y la variedad de las fuentes de emision abordadas por las Directrices sobre
Emisiones.

o La EPA dispondri'a de un maximo de 60 di'as para determinar si el plan de cada estado
esta completo.

•	Si la Agencia incumple ese plazo, el plan se considerarfa automaticamente
completo.

o Una vez concluido el plan, la EPA dispondri'a entonces de 12 meses para revisarlo y
adoptar una decision definitiva sobre su aprobacion o desaprobacion.

•	Este cronograma incluye el tiempo necesario para: redactar una propuesta de
accion y publicarla en el Registro Federal; recibir y considerar los comentarios del
publico; y redactar y publicar una accion definitiva.

Planes federates

•	Si un estado no presenta un plan, no presenta un plan completo dentro del plazo
estipulado, o si la EPA desaprueba un plan, la Agencia debe expedir un plan federal para ese
estado.

•	La Agencia propone exigir que la EPA expida un plan federal en un plazo de 12 meses:

o si un estado no presenta un plan completo. Este plazo comenzarfa a regir al dfa
siguiente de la fecha Ifmite de presentacion del plan por parte del estado.

o si la EPA desaprueba un plan estatal. En este caso, el plazo del plan federal comenzarfa
cuando se expida la desaprobacion.

incrementos de avarice

•	Los incrementos de avance son pasos legalmente exigibles que un propietario u operador
de una fuente existente debe seguir para cumplir con los requisitos de un plan estatal. El

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uso de incrementos de avance en las Directrices sobre Emisiones especfficas variara en
funcion de la categorfa de fuentes que regulen y del tipo de reglamentacion.

•	La EPA propone exigir de forma general que cualquier plan estatal con plazos de
cumplimiento superiores a 16 meses posteriores a la fecha Ifmite para la presentacion del
plan ante la EPA deba incluir incrementos de avance para cada fuente existente o categorfa
de fuentes existentes.

Mecanismos para mejorar la flexibilidad y la eficacia

•	La EPA propone agregar varios mecanismos al Reglamento de Ejecucion para mejorar la
flexibilidad y la eficacia en la ejecucion de la presentacion y revision de los planes estatales.
Estos mecanismos ya estan disponibles para los planes de ejecucion estatal conforme a lo
dispuesto en el artfculo 110 de la Ley de Aire Limpio. Los mecanismos propuestos son:

o Aprobacion y desaprobacion parcial: La EPA podrfa aprobar o desaprobar parcialmente
un plan estatal si algunas de sus partes pueden aprobarse por separado, pero otras no.
El publico tendrfa la oportunidad de hacer comentarios respecto de tal medida
mediante un procedimiento de notificacion y comentario.

o Aprobacion condicional: La EPA podrfa aprobar un plan estatal que cumpliera
sustancialmente los requisitos de las directrices sobre emisiones, pero que exigiera
algunas revisiones adicionales especfficas para su aprobacion total. La EPA concederfa
esta aprobacion condicional si el gobernador del estado o la persona designada se
compromete a adoptar y presentar las revisiones necesarias antes de un ano (maximo)
de la entrada en vigor de la aprobacion condicional. Si un estado no cumple con este
compromiso, se desaprobarfa automaticamente el plan presentado.

o Tramitacion analoga: Este enfoque permitirfa a los estados solicitar a la EPA que evalue
y proponga la aprobacion de un plan que este completo desde una perspectiva tecnica,
pero no asf administrativa. El estado que solicite la tramitacion analoga deberfa incluir
un cronograma para la adopcion definitiva del plan y una copia del proyecto de
reglamento o documento en el que se indiquen los cambios que se introduciran. El plan
estatal deberfa cumplir todos los criterios de exhaustividad, no introducir ningun cambio
sustancial respecto del plan propuesto y haber sido adoptado en su totalidad antes de
que la EPA pudiera aprobarlo de modo definitivo.

o Exigencia de un plan estatal: Esta disposicion permitirfa a la EPA constatar que un plan
estatal previamente aprobado no cumple con los requisitos de la Ley de Aire Limpio o
las directrices sobre emisiones y exigir una revision del plan. La EPA podrfa "reclamar"
un plan o planes estatales si despues de la aprobacion de un plan ocurrieran ciertas
condiciones tecnicas o jurfdicas, por ejemplo, una decision judicial, que implicaran que
el plan ya no es adecuado. Por ejemplo, la Agencia tambien podrfa exigir un plan o
planes si el estado no implemento correctamente dicho plan debido a cambios en la

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financiacion o en la autoridad a nivel estatal. La EPA podrfa exigir al estado que revise el
plan para adaptarlo a la ejecucion real o que demuestre que ejecuta adecuadamente el
plan que la EPA aprobo previamente. Los estados tendrfan un plazo maximo de 12
meses para revisar sus planes.

o Correction de errores: Esta disposicion permitina a la EPA revisar una accion anterior si
la Agencia determina que su propia accion respecto de un plan fue erronea. El estado no
estarfa obligado a presentar una revision del plan.

Otros requisites propuestos para los planes

Requisites para una participation significative

•	Un proceso de participacion publica solido y significativo durante la elaboracion de un plan
estatal es fundamental para garantizar que el estado comprenda y tenga plenamente en
cuenta el impacto del plan en la salud y el bienestar publicos.

•	Las actualizaciones propuestas al Reglamento de Ejecucion obligarfan a los estados a llevar a
cabo acciones de participacion significativa durante la elaboracion de sus planes,
compartiendo informacion y recabando la opinion de las "partes interesadas pertinentes"
en los momentos crfticos de la elaboracion del plan. Esto incluye garantizar que todos los
miembros del publico reciban una notificacion razonable de la informacion, incluidas las
comunidades mas afectadas y vulnerables a los impactos de las emisiones de las
instalaciones que el plan estatal reglamentarfa. Algunas de estas comunidades podrfan ser
comunidades de personas con bajos ingresos, comunidades de personas de color y pueblos
indfgenas que viven cerca de las instalaciones designadas y que pueden verse afectadas por
el plan de un estado. Los estados tambien deberfan llevar a cabo acciones de participacion
significativa con las naciones tribales mas afectadas y vulnerables al impacto del plan
estatal.

Requisites para la aplicacion de esta n da res menos estrictos a una instalacion

•	La norma propuesta aclararfa una disposicion que permite a los estados aplicar un estandar
de rendimiento para una instalacion o clase de instalaciones que es menos estricto que el
grado de emisiones Ifmites que deben alcanzarse mediante la aplicacion del mejor sistema
de reduccion de emisiones (BSER) que la EPA haya determinado.

•	En general, los planes estatales para la implementacion de las Directrices sobre Emisiones
deben incluir estandares de rendimiento a fin de limitar las emisiones de las instalaciones
designadas que al menos igualen el nivel de exigencia respecto del grado de limitacion de
emisiones que la EPA haya determinado. Sin embargo, el artfeulo 111(d) de la Ley de Aire
Limpio exige que la EPA permita a los estados tener en cuenta la vida util restante de una
instalacion (RULOF) en la norma propuesta, entre otros factores, al momento de determinar
la norma o las normas que deben aplicarse a una fuente existente especffica.

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• Las actualizaciones propuestas incluyen disposiciones que se aplicarfan cuando un estado
opte por considerar estandares de rendimiento menos estrictos para una instalacion
especffica, entre ellos:

o Requisitos de umbral: La EPA propone exigir que un estado que desee aplicar un
estandar menos estricto a una instalacion designada debe demostrar que la
instalacion no puede aplicar razonablemente la vida util restante de la instalacion
porque el costo no es razonable, resulta ffsicamente imposible o tecnicamente
inviable hacerlo, u otras circunstancias especfficas de la instalacion difieren en
terminos basicos de la informacion considerada por la EPA.

o Requisitos para calcular un estandar menos estricto: La EPA propone que el estado
deberfa determinar el mejor sistema de reduccion de emisiones especffico para una
fuente especffica a fin de aplicar un estandar menos estricto en una instalacion. El
estado deberfa evaluar el mejor sistema de reduccion de emisiones del mismo modo
que lo hizo la EPA al momento de elaborar las Directrices sobre Emisiones. Una vez
que el estado calcule el mejor sistema de reduccion de emisiones para la instalacion,
deberfa calcular la reduccion de emisiones que lograrfa aplicando dicho sistema y
seleccionar un estandar que refleje ese grado de limitacion de las emisiones. El
estado deberfa incluir la documentacion relacionada con estos calculos en su plan.

o Requisitos de contingencia: En el caso de estandares menos estrictos basados en las
condiciones de funcionamiento de una instalacion, el estado deberfa incluir la
condicion de funcionamiento como requisito exigible a nivel federal. Si las
condiciones de funcionamiento de una instalacion cambian de manera que pudieran
incumplir los requisitos de contingencia, el estado tendrfa que presentar una
revision del plan para su aprobacion por parte de la EPA.

o Vida util restante de una instalacion: La EPA propone requisitos que se aplicarfan
cuando un estado incluye un estandar menos estricto para una instalacion designada
en su plan al argumentar que la instalacion se retirara en un futuro proximo. La
propuesta exigirfa que la EPA identifique una fecha Ifmite de retiro, o condiciones y
metodologfa, en las Directrices sobre Emisiones especfficas que regirfan si un estado
pudiera basarse en la vida util restante de una instalacion designada para establecer
un estandar menos estricto. Si la fecha de retiro de una instalacion designada ocurre
durante el perfodo identificado en las Directrices sobre Emisiones, el estado puede
considerar la vida util restante de la instalacion a la hora de implementar un
estandar de rendimiento menos estricto. El estado deberfa imponer un estandar
para la instalacion hasta el retiro de esta.

o Consideracion de las comunidades afectadas: La propuesta de la EPA exigirfa que
los estados que elaboren un estandar menos estricto para una instalacion tengan en
cuenta el impacto de la contaminacion y los beneficios del control de la

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contaminacion para las comunidades mas afectadas y vulnerables a los efectos de
las emisiones realizadas por la instalacion designada al momento de elaborar dicho
estandar. Las Directrices sobre Emisiones individuales incluiran recomendaciones o
requisitos mas especfficos sobre como cumplir este requisito. La EPA tambien
propone exigir que el plan federal considere las comunidades afectadas y
vulnerables al momento de su elaboracion.

o Revision de los planes que implementan la disposicion sobre la vida util restante:

La propuesta exigirfa que los planes estatales justifiquen el uso de la disposicion
sobre la vida util restante en la aplicacion de un estandar menos estricto para una
instalacion. Esto incluye utilizar informacion que no solo se aplique, sino tambien
que se adecue, a la instalacion especffica designada y demostrar como dicha
informacion se aplica y adecua al plan. La informacion utilizada en las
demostraciones del estado debe proceder de fuentes fiables y adecuadamente
documentadas.

Estandares de rendimiento y flexibiiidades relacionadas con el cumplimiento

•	La EPA tambien propone aclarar que "estandar de rendimiento" significa "tasa, cantidad o
concentracion admisible de emisiones" en lugarde la definicion actual de "tasa o Ifmite
admisible de emisiones". Este cambio propuesto se ajustarfa a las definiciones de los
terminos relacionados en el artfculo 302 de la Ley de Aire Limpio. Ademas, la EPA propone
interpretar la ley para poder aprobar los planes estatales, cuando corresponda, que acepten
fuentes que cumplan con los estandares de rendimiento en forma conjunta, por ejemplo, a
traves de compensaciones o un promedio.

Comentarios sobre la propuesta

•	La EPA aceptara comentarios publicos sobre las actualizaciones propuestas hasta el 27 de
febrero de 2023. La Agenda tambien celebrara una audiencia publica virtual.

•	Hay dos formas de realizar comentarios a la propuesta de la norma complementaria de la
EPA:

1.	Comentarios por escrito: Despues de la publicacion de la propuesta en el Registro
Federal, el publico podra presentar sus comentarios por escrito a la EPA hasta el 27 de
febrero de 2023 (ver las instrucciones mas abajo).

2.	Comentarios en la audiencia publica. La EPA celebrara una audiencia publica virtual el
24 de enero de 2023. Si desea participar, debera registrarse previamente. La
informacion sobre como registrarse para intervenir se publicara en el sitio web de la
EPA despues de la publicacion de la propuesta en el Registro Federal. Cada orador
dispondra de cuatro minutos para expresar su opinion.

o NOTA: Si necesita un traductor o tiene alguna otra necesidad que fuera

razonable, informe a la EPA al respecto antes del 9 de enero de 2023 para que

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la Agencia pueda brindarle este servicio. La informacion sobre como realizar
pedidos razonables se incluira en las instrucciones para el registro como orador
en la audiencia.

o Los comentarios que la EPA recibe por escrito tienen el mismo peso que los
comentarios que recibe en la audiencia publica.

Instrucciones para presentar comentarios por escrito sobre la norma propuesta por la EPA:

•	Cuando envfe los comentarios de la EPA sobre la propuesta, es fundamental que los indique
con el numero de expediente. Asf es como la EPA sabe que comentarios corresponden a
cada norma propuesta: el numero de expediente de las enmiendas propuestas al
Reglamento de Ejecucion es Docket ID No. EPA-HQ-OAR-2021-0527.

•	La EPA prefiere que envfe sus comentarios en Ifnea a traves del Portal Federal eRulemaking.
Cuando acceda al portal, escriba EPA-HQ-OAR-2021-0527 en el recuadro de busqueda. Esto
lo llevara a un enlace con el expediente de la norma propuesta. Debajo del enlace, habra un
boton que dice "Comment" (Comentar). Haga clic en ese boton para enviar sus
comentarios. Puede abrir el enlace y usar el boton azul de la parte superior izquierda para
ingresar sus comentarios.

•	Tambien puede enviar sus comentarios de las siguientes maneras:

o Correo electronico: a-and-r-docket@epa.gov. Incluya Docket ID No. EPA-HQ-OAR-
2021-0527 en el asunto del mensaje.

o Fax: (202) 566-9744. Rotule su fax: Attention Docket ID No. EPA-HQ-OAR-2021-0527.

o Correo: U.S. Environmental Protection Agency, EPA Docket Center, Docket ID No.
EPA-HQ-OAR-2021-0527, Mail Code 28221T, 1200 Pennsylvania Avenue, NW,
Washington, DC 20460.

o Correo urgente/Entrega por mensajero/Entrega en mano: EPA Docket Center, WJC
West Building, Room 3334, 1301 Constitution Avenue, NW, Washington, DC 20004.
El horario de atencion del Centro de Expedientes es de 8:30 a. m. a 4:30 p. m., de
lunes a viernes, excepto dfas festivos federales.

¦	Nota: William Jefferson Clinton (WJC) West, como la mayorfa de los edificios
de las oficinas federales, se rige por estrictos requisitos de seguridad para los
visitantes. Para asegurarse de que se le permitira ingresar, familiaricese con
estos requisitos antes de su visita.

¦	Consulte informacion adicional sobre el Centro de Expedientes de la EPA,
incluidas instrucciones para visitar la Sala de lectura del Centro de
Expedientes.

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